El pleno del Tribunal Constitucional revisará el decreto-ley del Gobierno de la Generalitat del pasado mes de noviembre de medidas urgentes sobre el régimen urbanístico de las viviendas de uso turístico, al admitir a trámite el recurso de inconstitucionalidad promovido por más de cincuenta diputados del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.
Con el decreto impugnado, la Generalitat modificó la regulación que afecta a los pisos de uso turístico para frenar su expansión e incluso reducir el parque existente, a la vista de que el uso económico de la vivienda está afectando de forma negativa al uso residencial, tras comprobar que donde hay muchos pisos turísticos faltan para la población local o alcanzan unos precios de alquiler prohibitivos.
El decreto ley de la Conselleria de Territori establece que los poseedores de una licencia de piso turístico dejarán de disponer de ella de forma permanente y deberán lograr una nueva en los próximos cinco años para mantenerla. Hasta ahora bastaba con un comunicado. Cada cinco años tendrán que renovarla, y en función de la localidad eso les puede costar más o menos. También podrán ser eliminadas. La norma afecta a 262 municipios que suman 95.000 de los 102.000 pisos turísticos que hay en Catalunya.
Alegaciones oportunas
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Como es preceptivo a la hora de decidir tramitar una impugnación, el tribunal ha dado traslado de la demanda y de los documentos presentados al Congreso de los Diputados, al Senado y al Gobierno, así como al Parlament y a la Generalitat para que puedan personarse en el proceso y formular las alegaciones que estimen convenientes.
Los diputados del PP impugnaron los artículos 1, 2 y 3 del decreto-ley del Goven, así como la disposición transitoria primera 1.a y la segunda, además de la final primera y el anexo. Entre otros argumentos, alegan que no concurre el presupuesto habilitante para la utilización del decreto-ley y que la norma afecta al contenido del derecho de propiedad previsto en el artículo 33.1 de la Constitución.
También argumentan que invade la competencia estatal recogida en el artículo 149.1.13 de la Constitución porque infringe el artículo 17 de la Ley de Garantía de la Unidad de Mercado. Los diputados del PP también consideran vulnerados los principios de igualdad del artículo 14 de la Constitución y de seguridad jurídica del 9.3.