Los trabajadores que han perdido una capacidad que ya no les permite realizar su profesión tienen derecho a solicitar una pensión por incapacidad permanente. Esta situación puede deberse a un accidente laboral, una enfermedad o la combinación de los diferentes casos.
El Instituto Nacional de la Seguridad Social es el encargado de declarar la incapacidad permanente, después de pasar por un proceso de evaluación médica y social. Además, para poder solicitar esta pensión, se deben cumplir una serie de requisitos.
Solo pueden solicitar la pensión por incapacidad permanente las personas que tengan entre 18 y 56 años, sean residentes en España durante un periodo de al menos 5 años (dos de ellos consecutivos), cuenten con un grado de discapacidad igual o superior al 65% y no superen el límite de ingresos anuales establecido para la pensión no contributiva de jubilación.
Aunque no existe un listado oficial de enfermedades que dan derecho a la pensión por incapacidad permanente, estas son las más posibles, que dependen de la posterior aprobación del Tribunal Médico del Instituto Nacional de la Seguridad Social:
- Alzheimer
- Aneurisma
- Artritis Reumatoide
- Artritis Psoriásica
- Artrosis
- Cáncer
- Cardiopatías
- Colitis ulcerosa
- Depresión
- Demencia
- Desprendimiento de la retina
- Enfermedades hepáticas
- Enfermedad de Crohn
- EPOC
- Esclerosis Múltiple
- Espondilitis anquilosante
- Espondilosis degenerativa
- Esquizofrenia
- Estenosis foraminal
- Fibromialgia
- Fibrilación auricular
- Glaucoma
- Hernia discal
- Hipertensión pulmonar
- Ictus
- Insuficiencia renal crónica
- Infarto agudo de miocardio
- Lesión medular
- Lumbalgia
- Lupus
- Migrañas
- Neuropatía
- Parkinson
- Pancreatitis
- Patologías de pies y manos
- Síndrome de Ménière
- Síndrome de Raynaud
- Síndrome de Sjögren
- Síndrome de Tourette
- Síndrome del túnel carpiano
- Síndrome subacromial
- Trasplante de riñón
- Trastorno bipolar
- Trastorno de ansiedad
- Trastorno de estrés postraumático