Este mes de febrero de 2024 ha tenido un importante valor simbólico para las víctimas de abuso sexual infantil en Catalunya. El miércoles 21 de febrero el Parlament ha aprobado por amplia mayoría una proposición de ley de imprescriptibilidad de la acción penal de los delitos de pederastia, que en estos momentos está iniciando su tramitación en el Congreso de los Diputados. Si finalmente esta proposición es aprobada, será necesaria una importante labor de pedagogía ante la opinión pública respecto a sus potenciales efectos. Puesto que las leyes penales desfavorables al delincuente no pueden ser retroactivas, la reforma del Código Penal servirá en todo caso para proteger a las nuevas generaciones, pero en ningún caso beneficiará a los supervivientes adultos actuales.
La realidad informativa nos demuestra que este no es un problema menor. Recientemente, la sociedad civil catalana se ha escandalizado ante la negativa de una institución de referencia de nuestro país, como es la Abadia de Montserrat, a la hora de establecer un mecanismo de reparación extrajudicial integral a fin de compensar a las múltiples víctimas del depredador sexual y pederasta Andreu Soler, exresponsable durante 40 años del grupo scout del Monasterio. Desgraciadamente, no es un caso aislado.
Desde que, en 2016, tras la revelación del caso Maristas, el escándalo de la pederastia clerical estallara en nuestro país, la jerarquía católica catalana ha creado un injusto y arbitrario sistema de indemnización en el que el derecho fundamental de las víctimas a la reparación integral de las secuelas del trauma sexual infantil depende de la lotería del código postal. Algunas instituciones, como la Congregación Marista de Catalunya, han decidido indemnizar a las víctimas de casos que han prescrito, aun en el caso de que el agresor haya fallecido. Otras, como Montserrat, están dispuestas a defender en los tribunales hasta sus últimas consecuencias que la prescripción penal de los hechos, en base a la presunción de inocencia del acusado, las exonera de cualquier responsabilidad por los “posibles” abusos que se hayan podido cometer. Porque, a fin de cuentas, la “culpa” de que prescriban estos delitos es siempre y exclusiva de las víctimas. Dicho de otro modo: “Si querían una indemnización, que hubieran denunciado a tiempo”.
Y no solo eso. Incluso cuando se indemniza a las víctimas de casos prescritos, la jerarquía católica no utiliza el mismo baremo utilizado por los tribunales para establecer la responsabilidad civil derivada del delito, por lo que la indemnización media de un caso prescrito es significativamente menor, por mucho que ambas víctimas hayan sido agredidas por el mismo pederasta y hayan sufrido abusos sexuales de similar gravedad. O bien se argumenta que, en vez de utilizar baremos internacionales específicos para valorar las secuelas del abuso sexual infantil -como el utilizado por el gobierno irlandés para indemnizar a las más de 14.000 víctimas de pederastia clerical- se debe utilizar el baremo de accidentes de tráfico, que infravalora el daño. ¿Cómo justificar que el daño del que es víctima un niño violado por uno de los religiosos del colegio en el que estudió sea comparable a un esguince de cuello provocado por un choque con el coche? Así las cosas, no resulta sorprendente que el máximo responsable de los obispos catalanes, el cardenal Omella, expresando el consenso unánime de la Conferencia Episcopal Tarraconense, se haya negado a comparecer ante la comisión de investigación de la que ustedes son parte para rendir cuentas sobre la negligente gestión que han realizado del problema hasta la fecha. Hay comportamientos tan claramente inmorales que son imposibles de justificar, incluso para alguien tan acostumbrado a negar sistemáticamente la magnitud de la pederastia clerical en nuestro país como el cardenal Omella.
En cualquier caso, aunque los obispos finalmente vean la luz, esto no evitará que ustedes los políticos tengan que mover ficha. Aunque finalmente se ejecutara de forma eficaz el nuevo mecanismo de compensación arbitral anunciado por la CEE, este solo beneficiaría a las víctimas de pederastia en la Iglesia, no a la totalidad del colectivo. A pesar de ser una alumna aventajada, la Iglesia católica no tiene el monopolio del encubrimiento de los casos de pederastia. Otras instituciones, como los testigos de Jehová, los clubes deportivos o el movimiento scout también han realizado una gestión cuestionable de los abusos sexuales infantiles que han ocurrido en su seno. El derecho de la víctima a ser compensada no puede depender de la buena voluntad o razonabilidad de la institución donde fue abusada.
En ocho años los grupos políticos catalanes han tenido tiempo de sobra para solucionar el problema. Desgraciadamente, les ha faltado voluntad política, empatía y capacidad de escucha. Han priorizado sus intereses y peleas partidistas por encima del bienestar de los ciudadanos. Ante su inacción, una vez más, somos los activistas catalanes quienes hemos decidido tomar la iniciativa. Las víctimas humanamente ya no podemos esperar más. Por eso hemos compartido con la comisión de la que ustedes forman parte una solvente propuesta de ley de imprescriptibilidad retroactiva de la responsabilidad civil respecto a los daños derivados por los actos de abuso sexual infantil. Para que, en los casos en que las instituciones se nieguen a indemnizar a sus víctimas, estas puedan interponer una denuncia por responsabilidad civil con garantías de éxito. De forma que sean los tribunales, y no los obispos, quienes tengan el poder de determinar cuándo y cómo se indemniza a las víctimas. Para justificar la idoneidad de la medida, también hemos compartido un riguroso estudio jurídico técnico, redactado por la prestigiosa fundación chilena Derecho al Tiempo, en el que se analiza la evidencia científica, el derecho comparado y las recomendaciones de los organismos de derechos humanos europeos y globales. En su contenido -léanlo, sean ustedes tan amables- podrán comprobar que la jurisprudencia consolidada del Tribunal Constitucional es clara: a diferencia de las leyes penales, las reformas del Código Civil sí que pueden ser retroactivas, de forma que se beneficien los supervivientes actuales. Con la ventaja añadida que, respecto a la reforma del Código Civil catalán, el Parlament de Catalunya tiene competencias plenas. No hay que pedir permiso a Madrid.
La lógica de la medida apela a un mensaje contundente: quien traumatiza paga. Desplazar el elevadísimo coste del abuso sexual infantil, de forma que, a partir de ahora, la factura de las secuelas del trauma sexual infantil no la pague el contribuyente, las víctimas o sus familias, sino los pederastas y las instituciones que les han protegido y amparado. Nos ponemos a su disposición para continuar trabajando con ustedes, codo con codo, durante los próximos meses, para poder celebrar en 2024 la aprobación de esta importante ley. Esperemos que en su labor tengan presente las sabias palabras del parlamentario británico Edmund Burke: “Lo único que hace falta para que el mal triunfe es que las personas buenas no hagan nada”. Catalunya les mira, señoras diputadas, por el bien de las víctimas y de nuestros niños, esperamos que estén a la altura del reto y responsabilidad que asumieron como integrantes de la primera comisión de investigación parlamentaria sobre pederastia en la Iglesia del estado español.
Atentamente,
Manuel Barbero. Primer denunciante del caso Maristas. Presidente de Mans Petites.
Alejandro Palomas. Primer denunciante del caso La Salle.
Jordi de la Mata. Primer denunciante del caso Jesuitas.
Esther Pujol. Primera denunciante del caso Bellcaire
Miguel Hurtado. Primer denunciante del caso Montserrat.