Sigue la batalla por las viviendas de uso turístico, reguladas por la Generalitat. La Federació Catalana d’Apartaments Turístics (Federatur) ha decidido llevar ante el Tribunal Constitucional el decreto ley de la Generalitat que regula el sector, aprobado el pasado 20 de diciembre en el Parlament. La iniciativa se ha promovido a través de un recurso presentado por el PP en el Congreso, ya que las organizaciones privadas y ciudadanos no pueden plantear este tipo de pleitos.
Uno de los motivos de la impugnación es el “abuso” el uso de decretos leyes por parte del Ejecutivo catalán. La nueva normativa incide en los derechos de propiedad y libertad de empresa, lo cual no puede regularse mediante un decreto ley, según Federatur. A su vez, el turismo “no es un fenómeno nuevo”, por lo que “no necesita una inmediata y urgente” respuesta normativa.
Otro de los aspectos que cuestiona el recurso es que la nueva regulación empezará a tener efectos en el parque de vivienda en un mínimo de 5 años. Eso contradice de nuevo que se emplee una récnica legislativa de urgencia. El recurso vulnera, a su vez, el principio de constitucional de seguridad jurídica y la limitación de licencias para ejercer la actividad “afecta al derecho a la propiedad”.
Federatur destaca también los agravios comparativos entre municipios que supone el despliegue de la norma. El decreto limita la expansión de este tipo de negocio en 262 municipios, afectados a partir de ahora “por un régimen jurídico más restrictivo que en el resto”. De todas formas, la regulación complica la situación en 47 municipios que superan las ratios de este tipo de actividad por vecino. La iniciativa del Govern fue aplaudida por algunos municipios, como Barcelona, que aspiran a reducir las casi 10.000 licencias que tiene en la actualidad en vigor.
Como una lotería
[–>
El presidente de esta organización, David Riba, compara esta normativa con un juego de azar: “Si el municipio donde tengo mi actividad se encuentra en la lista, se me aplica un régimen jurídico restrictivo y limitativo; si el municipio no está incluido en la lista, no se me aplica este régimen. Parece una lotería“.
Esta organización patronal considera que la norma “es una regulación materialmente expropiatoria del derecho al ejercicio de la actividad de alquiler de viviendas de uso turístico“. Según la ley, agregan, los afectados deberían ser indemnizados y compensados, “pero el redactado actual no fija indemnizaciones, solo diseña un régimen transitorio que permite a los titulares de la licencias expropiadas continuar con su actividad durante cinco años“.
A la vez, “no se apuntan criterios objetivos de valoración del derecho expropiado ni de la valoración de la contraprestación, y se sitúa sobre el propio expropiado la carga de fijar su propia indemnización”. Riba justifica que solo “la vía del Constitucional era el camino que quedaba para seguir defendiendo los intereses del sector”. En todo caso siguen abiertos a negociar con el Govern por una actividad que supone el 39,4% del total de plazas de alojamiento turístico en el territorio, que genera 25.000 empleos y tiene un impacto económico de 21.000 millones de euros afirman.